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La SGAE pretende cobrar por las bodas y por Semana Santa

La entidad de gestión graba sin permiso en las celebraciones nupciales para denunciar luego que se usa música sin pagar los derechos de autor.


De esperpento podrían calificarse las últimas aventuras judiciales emprendidas por la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE). A saber, la citada entidad pretende recaudar fondos a toda costa allí donde suene la música. Los juzgados de Sevilla acumulan denuncias de esta gestora centrándose éstas en el Palacio de Exposiciones y Congresos, los ayuntamientos y, ahora también, los salones de boda. Sólo en Madrid se acumulan aproximadamente 400 denuncias; en Sevilla, unas 150.

La SGAE ha demandado al propietario del salón de bodas La Doma de San José, sito en San Juan de Aznalfarache, a quien exige más de 43.000 euros. La SGAE entiende que el local de celebraciones ofrece música sin pagar los derechos de autor. En la denuncia, aporta como prueba un informe de unos supuestos detectives (Agencia Domca) que resulta que sólo son investigadores (no están inscritos en el Registro de Detectives Privados de la Unidad de Seguridad Privada de la Policía), y un vídeo de cuatro minutos grabado en una boda sin autorización de los recién casados. En resumen, que unas personas que se autodenominan «detectives» se colaron en el banquete nupcial de madrugada y tomaron planos generales sin el consentimiento de los contrayentes.

Este caso no es el único en el que la entidad a cuyo frente está Teddy Bautista «se coló en una fiesta» donde se pincha música para supuestamente velar por los derechos de los autores. En otra denuncia contra la Hacienda El Visir, la entidad presentó junto al vídeo robado una invitación. A estos métodos la SGAE los llama, textualmente, «subterfugios». La Justicia, hasta la fecha, se ha puesto de su parte. No obstante, la defensa del salón de celebraciones mantiene que en estos casos, al tratarse de un acto privado que entra en el ámbito de lo denominado en la Constitución «doméstico», la música programada debe quedar fuera de «los supuestos de comunicación pública» recogidos en la Ley de Protección Intelectual. El artículo 20 de la citada ley dice que «se entenderá por comunicación pública todo acto por el cual una pluralidad de personas pueda tener acceso a la obra sin previa distribución de ejemplares a cada una de ellas. No se considerará pública la comunicación cuando se celebre dentro de un ámbito estrictamente doméstico que no esté integrado o conectado a una red de difusión».


«Persecución».

Otros abogados, aparte de Joaquín Moeckel, defienden la tesis de la privacidad de las bodas como hecho «doméstico», como es el caso del catedrático de Derecho Civil de la Universidad de Sevilla Luis Humberto Clavería. El ámbito privado de un enlace cuestiona, al mismo tiempo, la metodología empleada por la SGAE en su afán de recaudar. No obstante, como recuerda Moeckel, «no todo vale» y no resulta lícito – «ni legal»– violar el derecho a la intimidad para salvaguardar otro derecho. Moeckel defiende la corriente que aboga por un mayor trabajo de «concienciación social de la SGAE», dejando a un lado la «persecución» más propia de la «rapiña».

El abogado de la SGAE José Miguel Alfonso Segura ha repetido públicamente que la justicia viene dando la razón a la entidad gestora. El letrado considera que «sería una incongruencia que los salones de celebraciones paguen a los artistas y no a los autores sin los cuales no habría música».


Miguel González Quiles, Sevilla
LA RAZÓN, 12 de diciembre de 2005



BODAS, BAUTIZOS Y COMUNIONES... NADIE SE LIBRA DE PAGAR A LA SGAE[NOTICIAS.dot]

La voracidad recaudadora de la SGAE llega a todas las facetas de nuestra vida social. No solo deben pagar un canon las discotecas para reproducir música... si organizamos una fiesta privada, una boda o una comunión, también deberemos satisfacer, como minimo 100 euros a la SGAE. Incluso la marcha nupcial paga!!!! o al menos así lo entiende la sociedad gestora de derechos de autor. 


SGAE... nadie se salva: lo que cobra por cada acto

El Diario de Sevilla se ha hecho eco este fin de semana de las decenas de reclamaciones de la SGAE por la reproducción de música sin pagar las tasas que estas gestora de derechos exige en la ciudad andaluza.

Ocho de cada diez demandas judiciales han sido emprendidas contra bares, restaurantes y discotecas, mientras que el 2% restante se dirige a otro tipo de establecimientos que también ofrecen música, como puede ser un salón de celebraciones de bodas, un gimnasio o una bolera.

Un caso reciente, dice el periódico sevillano, es el de la Hacienda Benazuza de Sanlúcar la Mayor, que ha sido demandada por la música que se interpretó en las bodas del torero Jesulín de Ubrique y del político andalucista Antonio Ortega, así como por otros eventos como bautizos, comuniones y la fiesta de fin de año de 2002. El juzgado todavía no ha dictado sentencia, pero en el juicio el hotel rechazó el pago del canon porque en estas celebraciones, según dijo su representante legal, siempre se interpretaron obras de autores clásicos, como Bethoven, Chopin, Bach y Vivaldi, y algunos boleros cubanos del artista José Pepe Sánchez, pero nunca del repertorio musical actual. Estas obras, al tratarse de autores que llevan fallecidos más de 70 años, quedarían fuera de la obligación de pagar el canon musical por ser unas producciones que se consideran de dominio público, según recoge el artículo 26 de la vigente Ley de Propiedad Intelectual: «Los derechos de explotación de la obra durarán toda la vida del autor y 70 años después de su muerte o declaración de fallecimiento».

En la actualidad, la SGAE debe percibir 102,35 euros por cada celebración de Bodas y Bautizos en la que se pretenda reproducir música. Si la cantidad de comensales supera las 75 personas, esta cifra se aumentará a raíz de 0,41 euros por persona.


Feria de Abril y Semana Santa

La reclamación de la SGAE de los derechos de autor a las casetas de la Feria de Abril demuestra que el asunto de los derechos de autor es muy amplio; tanto, que incluso la entidad inició hace unos ocho años gestiones con el Consejo General de Hermandades y Cofradías para tratar la cuestión de las marchas procesionales que las bandas de música interpretan durante la Semana Santa. Este asunto no llegó a plantearse formalmente en los tribunales porque en el mismo aparecían sentimientos enfrentados, ya que aunque el malestar había surgido porque las bandas cobraban por interpretar marchas de unos autores que no percibían ningún derecho, la mayoría de los autores habían decidido incluso ceder sus derechos.


Fiestas patronales

Las reclamaciones de la SGAE se extienden también a otros ámbitos y en Vigo las asociaciones de vecinos se han mostrado contrarias al pago de un canon del 7 por ciento por la emisión de música en algunas fiestas patronales.

También la Comunidad Valenciana vivió una gran polémica por las exigencias de la SGAE de cobrar una elevada tasa por la reproducción musical durante las populares fiestas de moros y cristianos. Aunque finalmente se alcanzo un acuerdo, no sin una buena oposición de muchos de los grupos integrantes, esto supone un alto coste para los organizadores. Así por ejemplo en la ciudad de Elda, cada día de actuación tiene un coste de 1.875 euros... aunque por lo mismo, en el año 2008 deberán pagar 6.475 euros por día festivo. En otras poblaciones con mayor número de festeros la cantidad a pagar es más elevada.

La SGAE ya demando hace varios años a un buen número de ayuntamientos de toda España exigiendo el pago de las tasas por emitir música u organizar conciertos, principalmente durante las fiestas patronales. El acuerdo existente entre la Federación Española de Municipios (FEMP) y la Sociedad Gestora establece que los ayuntamientos deberán abonar el 10% de lo recaudado en taquilla o el 10% del coste de la contratación si el espectáculo es gratuito.


La polémica llega al fútbol

El último de los escándalos protagonizados por la SGAE ha tenido como protagonista al CF Valencia.  Este decidió el pasado mes de septiembre suspender las actuaciones de las bandas músicales tras la reclamación que efectuó la Sociedad General de Autores y Editores (SGAE) respecto al canon en concepto de derechos de autor.

La entidad musical ha solicitado la cantidad de 1.652,70 euros por la temporada 2003-2004. Según un comunicado de la Sociedad General de Autores, “estos derechos constituyen el salario del creador, el cual, como cualquier trabajador, aspira a ser remunerado por su trabajo”.

Tras una reunión que mantuvieron los técnicos de esta entidad con el coordinador de las bandas y el consejo del Valencia, el club decidió suspender las actuaciones de la sociedades musicales en Mestalla hasta que los servicios jurídicos comprueben si la reclamación tiene fundamento y deben abonar el dinero requerido.


NOTICIAS.dot, 25 de octubre de 2004

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