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Puede elegir: usted o sus hijos (KRIPTÓPOLIS)

«Nos encontraremos con gente que nos dirá que no son ellos, que son sus hijos. Si un padre prefiere que la querella la dirijamos contra sus hijos, pues lo haremos» Cary Sherman, presidente de la RIAA Es curiosa la doble moral de nuestros periodistas. Mientras publicitan sin el menor sonrojo las campañas de intimidación de los traficantes de propiedad intelectual, se rasgan las vestiduras cuando una madre es coaccionada para pagar por las canciones que su hija de 12 años se ha descargado de Internet. Una hipocresía, la de nuestros periodistas, casi tan farisea como la de aquellos que pregonan un mensaje populista en el terreno de los derechos de autor, mientras dicen amén a las múltiples reformas legislativas (LSSI, LGT, LFE, LPI, Código Penal) con las que nuestro gobierno cercena a diario las libertades de los usuarios de Internet. El caso de la adolescente Brianna Lahara, por cuyas descargas musicales su madre ha tenido que indemnizar a la RIAA, ha hecho correr ríos de bytes en los titulares digitales. Ríos de bytes que brillan por su ausencia cuando los ataques a las libertades son perpetrados en territorio español. Como en el caso que a continuación les relataré, del que nunca encontrarán referencia en nuestra bienamada prensa digital: cuando las noticias perjudican a la mano que nos da de comer, se les echa tierra encima, que para eso somos el cuarto poder. Los medios de adoctrinamiento de masas nos tienen tan acostumbrados al linchamiento moral que a veces olvidamos algunos derechos fundamentales recogidos en nuestra Constitución, tales como la presunción de inocencia, la legalidad penal, o el derecho a no confesarse culpable y a no declarar contra uno mismo. Por eso el cuerpo social admite como normal que pueda incriminarse por las buenas a toda una familia, por el simple hecho de que en su domicilio se encuentra un ordenador conectado a Internet. Las denuncias contra usuarios P2P que se han presentado en Estados Unidos y en España (sí, sí, en España también), se basan en la localización de direcciones IP de Internet, que pueden vincularse a abonados a cuentas de acceso mediante las oportunas órdenes judiciales. Una vez conocido el domicilio del ordenador con el que se ha cometido la presunta infracción, los investigadores deben averiguar qué miembro de la familia ha cometido los actos presuntamente ilegales. Dado que no se han generalizado los identificadores biométricos que asignen cada pulsación a un determinado usuario, son necesarias pruebas adicionales, que sólo pueden obtenerse mediante declaraciones autoinculpatorias o mediante registros domiciliarios. En un caso reciente ocurrido en Barcelona, a raíz de una denuncia interpuesta por la Asociación Española de Distribuidores y Editores de Software de Entretenimiento (ADESE) y la Asociación de Distribuidores e Importadores Videográficos de Ambito Nacional (ADIVAN), la policía procedió a la detención de tres miembros de una misma familia. La acusación se basaba en la descarga y tráfico, presuntamente ilegales a juicio de los denunciantes, de un juego de ordenador y tres películas, concretamente Qué bello es vivir, El rey escorpión y Pearl Harbour, obtenidas mediante descargas de una red P2P. Cuando se tomó declaración al padre de familia, éste indicó que el ordenador de su domicilio era utilizado sólo por tres personas, una de ellas él mismo, la otra su hijo, y la última su hija menor de edad. Los investigadores debieron advertirle que, de no reconocer él la autoría de los hechos, se verían obligados a detener a sus hijos, como más tarde se verificó. Las horas pasadas en comisaría ofrecen mucho tiempo para la reflexión: seguramente en aquellos momentos el padre debía pensar que, aún no siendo él el autor de la descarga, quizás sería preferible "comerse el marrón" antes que ver procesados a sus hijos. Afortunadamente para nuestras ya menguadas libertades, y a pesar de la extrema derecha que nuestros gobernantes han ido colocando en el Tribunal Supremo y en el Consejo General del Poder Judicial, todavía quedan jueces que creen en el espíritu de libertades que inspiró la Transición. Una de ellas, María Eugenia Canal Bedia, Juez Titular del Juzgado de Instrucción nº 2 de Barcelona, a la vista de lo actuado, resolvió denegar la orden de entrada y registro y archivó el expediente, ahorrando a los contribuyentes el triste espectáculo de un padre de familia en el banquillo, autoinculpándose para salvar a sus hijos. De continuar con la hipocresía mediática de la que al principio les hablaba, tendremos muchos más episodios como éste, episodios que causarán vergüenza ajena a aquellos ciudadanos que aún confían en el régimen de libertades. Vergüenza ajena como la que causa el Sr. Ramón J. Márquez, "Ramoncín", con los publirreportajes de autopromoción financiados con el canon de la SGAE, en pago por los servicios prestados a la represión. Como él mismo cantaba allá por el 81, el último punk se suicida en Putney Bridge. Carlos Sánchez Almeida, Bufet Almeida KRIPTÓPOLIS, 18 de septiembre de 2003
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